viernes, 1 de febrero de 2013

MÁS SENTENCIAS… ¿EJEMPLARES?

Imprimir


La historia se repite. Después de una semana de indultos a personas que habían participado en accidentes de tráfico con víctimas mortales de por medio, nos llega otra que tampoco desdeñamos por la trascendencia que creemos tiene. Se trata de un joven que ha sido procesado por la muerte de dos personas en un accidente de tráfico ocurrido en las calles de Valencia, al colisionar su coche con el taxi en el que viajaban las víctimas, y al que el tribunal que finalmente lo ha juzgado le ha ofrecido, y él aceptado, una condena de dos años de cárcel. Al mismo tiempo se ha acordado, tras la petición de la defensa, suspender la pena al no contar el acusado, que conducía ebrio, con antecedentes penales y si no comete otro delito durante los próximos cuatro años.

Así resulta de la conformidad alcanzada en el juicio celebrado el pasado lunes en Valencia, por la que el acusado, de 24 años, ha aceptado asimismo someterse a un curso de reeducación vial y trabajar con víctimas de accidentes de tráfico. También se le retirará el permiso de conducir por un tiempo de cuatro años y nueve meses. El joven, procesado por dos homicidios imprudentes, ha contado con las atenuantes de confesión de los hechos y reparación de daños, habiendo indemnizado ya a las familias de las víctimas.

Y menos mal que se le retira el permiso de conducir por cuatro años, porque de otra forma se entendería que, encima, la sociedad debía pagarle el sueldo durante el tiempo que ha durado el proceso. Seguro que no conseguimos consenso entre quienes nos lean o escuchen, pero eso de que un conductor borracho, superando la velocidad máxima permitida en las calles de una ciudad, embistiera a otro vehículo y el resultado fuera de nada menos que dos fallecidos,  sinceramente no lo entendemos ni lo aceptamos. Que dos jóvenes de poco más de veinte años perdieran la vida porque un mentecato imprudente, con alcohol más que de sobra en sangre y presumiendo de velocidad con su Audi A3, se dejaran la vida en el mismo taxi que los llevaba a su casa, que utilizaban porque venían de una fiesta y no querían conducir ebrios, ¿cómo se lo justificamos a las familias?

Será porque no aceptamos este tipo de sentencias, porque al final resulta que casi hay que pedirle perdón a quien tanto daño hizo, estamos radicalmente en contra de que esto ocurra. Lo primero que debía hacerse por parte del Ministerio del Interior, y por parte de su brazo armado que es la Dirección General de Tráfico, es hacerle llegar a los conductores que hayan decido beber alcohol siendo conscientes de que tienen que conducir, que se les vendrá encima todo el peso de la ley. Si además se produce un accidente y éste acaba con víctimas mortales, la pena se multiplicaría por mil. Puede que resulte excesivo, pero seguro que si desgraciadamente tenemos la mala suerte de perder a un ser querido porque alguien decidió que aquella tarde o noche bebería hasta emborracharse y que luego usaría su automóvil, nuestra opinión sería claramente diferente.

Estamos de acuerdo en que las sentencias no pueden ser ejemplares porque los magistrados deben atenerse estrictamente a la letra y el espíritu de las leyes, pero sí que pueden y deben  ser coherentes con el mal que ha resultado del acto que se juzga. De todo lo demás no queremos saber nada. Repetimos que perder hoy la vida en ciudad o carretera a consecuencia de un accidente de tráfico no supone delito que lleve al causante a la cárcel. Como mucho, y lo hemos visto en esta sentencia que comentamos, y luego de casi tres años desde la fecha en que sucedió el accidente, el conductor mantiene su libertad, porque nunca estuvo detenido más de dos días. Lo sentimos, pero no coincidimos con el tribunal que lo ha juzgado.