miércoles, 30 de mayo de 2012

¿PARTICIPACIONES PREFERENTES O SIMPLEMENTE UN ENGAÑO?


El asunto de la participaciones preferentes que algunos bancos han ofrecido a sus clientes, aun con ser tan flagrante, tan bochornoso y tan injusto, sigue sin generar condenas, sin poner ante el banquillo de los acusados a los que se inventaron tan satánico y ruinoso sistema. No sabemos si porque no debe ser sencillo o porque a nadie se le ha ocurrido iniciar acciones legales que culminen en condena judicial. Han optado, eso sí, por echarse a la calle con pancartas denunciadoras, con pelos y señales, pero es evidente que no han conseguido nada. Ahora hemos conocido un caso concreto que, aunque de pasada, les contamos por si encuentran ustedes parecido con su caso y se unen a esta pareja de ancianos en su denuncia. Su caso ha sido visto y aceptado por un grupo de abogados que, como primera medida, le ha solicitado a la entidad bancaria la documentación relativa a los productos por sus clientes contratados. Se trata, tomen nota, de un matrimonio pobre, muy mayor, casi analfabetos, que han perdido más de la mitad de sus ahorros. El empleado bancario le dijo que no perderían dinero y eso les sirvió para firmar donde se les indicó, dejando sin información apartados como el riesgo que corría la inversión y que no podían retirar el dinero hasta pasados bastantes años. Al mismo tiempo incide en el requerimiento enviado al banco en cuestión en que los afectados han visto cómo sus ahorros, heroicamente conseguidos a lo largo de su vida, a base de trabajo y sacrificio, que ascendían a 36.000 euros, y que eran una garantía para su ancianidad, se han visto reducidos a 20.000 euros menos, esto es, a 16.000 euros.

Por todo ello, el gabinete de abogados entiende que resulta a todas luces responsable de ello la entidad bancaria por no haber informado adecuadamente al consumidor, con anterioridad a la suscripción de las participaciones preferentes, de que corría el riesgo de dicha pérdida, pues si lo hubieran hecho resulta evidente que no hubieran contratado el producto. Además, según estos letrados, se trata de una inversión que no se ajustaba a las circunstancias personales y económicas del consumidor, produciéndose una clara vulneración del artículo 10.3 de la Ley General para la defensa de los consumidores y usuarios, que exige que las cláusulas contractuales se ajusten a la buena fe y al justo equilibrio entre los derechos y las obligaciones de las partes contratantes. Dicha esto, y vista la ausencia de información, tal y como ya tienen establecido numerosas sentencias, genera un vicio esencial del consentimiento que da lugar a la nulidad del contrato procediendo al restablecimiento de la situación anterior a la suscripción de dichas participaciones preferentes, debiendo ser devuelta a este matrimonio la cantidad de 36.000 euros depositados en su día en la entidad. El caso que les contamos ha ocurrido en Écija y aún están a la espera de sentencia, aunque todo indica que esta pareja sacará adelante su denuncia ante tan interesada actuación de la entidad de crédito.

A nivel nacional, lo que parecían casos aislados sin conexión alguna, ha pasado a ser un asunto compartido por miles de personas que demandan cientos de millones de euros que por el momento no son suyos, ya que, como ha ocurrido en el caso que les hemos relatado, los tienen depositados en unos bonos que los bancos llaman preferentes, pero que no pueden tocar. Como mucho, y teniéndolos como garantía, el banco o la caja les daría un préstamo por ese valor que deberían devolver con intereses. Lo que nadie entiende de este producto bancario, y más aún que se haya podido vender como se ha hecho si de por medio no ha existido engaño, permita a estas entidades mantenerlo en su poder sin que desde los partidos políticos y la Justicia se haya reclamado su control. Claro, se nos olvidaba que estamos en España y aquí sirve todo.