viernes, 20 de febrero de 2015

LA NUEVA LEY DE TRÁFICO A PUNTO DE IMPLANTARSE

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El año pasado se aprobaba una nueva Ley de Tráfico que venía a implantar nuevas e importantes medidas con el objetivo de controlar en lo posible la circulación por nuestras carreteras y ciudades. El proyecto de reglamento imprescindible para que esta nueva ley sea aplicada en su totalidad mantiene su curso de normal tramitación, por lo que puede sufrir modificaciones, que para eso precisamente se somete a la valoración de los diferentes organismos que la controlan. De entre las incorporaciones previstas, algunas de las cuales han llegado a ser polémicas cuando han sido conocidas, nos encontramos con la creación de zonas 30, que se aplicará en las calles de las ciudades que los técnicos entiendan que necesitan de esta drástica reducción de la velocidad. De acuerdo con esta medida y por tanto, la velocidad general en las ciudades quedarán fijados, con carácter general, en 50 kilómetros/hora en vías urbanas y travesías. 30 kilómetros/hora en vías urbanas con un solo carril y sentido único de circulación o con un carril por sentido de circulación. Y 20 kilómetros/hora en calles con plataforma única de calzada y acera, de las que entre nosotros tenemos unas cuantas.
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En cuanto a las bicicletas, que siguen siendo grandes protagonistas de polémicas y desencuentros, según el Reglamento la bici se convierte en un vehículo más de la calzada, pero con aspectos que mejoran su seguridad, y permitiendo a la autoridad municipal regular la coexistencia con peatones en aquellos lugares que no cuentan con carriles específicos para su circulación. Por lo tanto, y a la espera de decisiones de última hora, correrá a cargo de los ayuntamientos la responsabilidad de autorizar o no el uso de éstas en vías peatonales y aceras. De salir adelante las exigencias de los técnicos implicados en la mejora de esta nueva ley y su reglamento, el uso de la bicicleta será restringido allí donde deban convivir con los peatones, que saldrán ganando porque limitan el paso de las bicis. Cuando circulen por carreteras abiertas al tráfico, concretamente vías con un límite de velocidad superior a 50 km/hora, éstas circularán por el arcén de su derecha, si fuera transitable y suficiente, y si no lo fuera o no existiese arcén, lo harán por la derecha y lo más cerca posible del borde de la calzada, que es lo que ahora realizan con más o menos rigurosidad. Los conductores de bicicletas mayores de edad, es decir, de dieciocho años adelante, podrán circular por las autovías, salvo que por razones justificadas de seguridad vial se prohíba mediante la señalización correspondiente, que por ahora la encontramos en este tipo de vías cuando accedemos a ellas. Eso sí, esta prohibición se complementará con un panel que informe del itinerario alternativo, suponemos que en caso de no exista.

Otro asunto o artículo previsto para que entre a formar parte de los nuevos que recoge el Reglamento, es que quedan obligados a pruebas para la detección de alcohol, no solo los conductores, sino también los usuarios de la vía cuando se hallen implicados en un accidente de tráfico o hayan cometido una infracción. Las críticas han sido inmediatas hasta por el mismísimo Consejo de Estado, ya que cuando se dice “usuarios de vía” se generaliza peligrosamente. Y es que se entiende que habrá personas que estén en tratamiento con codeínas o semejantes que darían positivo y por ello estarían obligados a salir de casa con las correspondientes recetas médicas.
La noticia importante de este fin de semana entre los conductores seguro que serán las nuevas normas o decisiones tomadas desde la Dirección General de Tráfico en relación con los radares, su ubicación, la velocidad a la que actúan y otros datos en los que en el programa de Motor en Directo los compañeros darán buena cuenta de la innovación que supone y que está en vigor, tomen nota, desde el pasado miércoles. Nosotros lo analizaremos la próxima semana.