jueves, 11 de enero de 2018

LAS MUJERES, MENOS INDEFENSAS

Imprimir

Según la definición que podemos leer en la Ley Integral contra la Violencia de Género de 2004, las víctimas de violencia de género eran hasta ahora las maltratadas por su pareja o expareja. A partir de ahora, el tratamiento será diferente, ya que el Observatorio de la Violencia Doméstica, dependiente del Consejo General del Poder Judicial, comenzará a contabilizar también a otras víctimas, concretamente las que han sido asesinadas por ser mujeres. La inclusión de estas otras asesinadas en las estadísticas anuales no supone, al menos por ahora, que sus allegados o familiares puedan recibir ayuda de ningún tipo, puesto que para que esta situación se diera harían falta cambios en la actual legislación. Por otra parte, ni siquiera se han establecido las formas de cómo recopilar datos de aquéllas que son agredidas sin resultar muertas. Las nuevas fórmulas que permitan la recopilación de datos  devienen de la adaptación al convenio de Estambul y que recoge también el Pacto de Estado contra la violencia machista, que fue aprobado el pasado mes de septiembre y posteriormente ratificado por las comunidades autónomas en diciembre. Este citado convenio, que está en vigor desde 2014, obliga a contemplar las formas de violencia contra la mujer, dentro y fuera de la pareja, como sería la trata o la ablación, además de centrarse en la reparación y prevención de las agresiones sexuales. El pacto establece la obligación de obtener y facilitar datos estadísticos detallados sobre todas las formas de violencia contra las mujeres, entendiendo que la información que se añada a los informes será fundamental para determinar las razones que se esgrimen para que se incorporen estos nuevos parámetros oficiales.

Desde el Consejo General del Poder Judicial se insiste en que, siguiendo esos mandatos, el Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género incluirá en sus informes y estadísticas ese tipo de datos. Por el momento, comenzarán a contabilizarse las mujeres asesinadas, aunque la forma de recopilar la información debe ser concretada por el grupo de expertos del Observatorio, que ha fijado para febrero la fecha de su reunión y debatir las diferentes perspectivas que puedan surgir. Una de las propuestas para reconocer esas víctimas, cuyos casos no son derivados de juzgados de violencia de género, es recopilar sentencias por casos de homicidio o asesinato,  en las que se haya aplicado la circunstancia agravante por razones de género del Código Penal.

En realidad, el posicionamiento del Estado en asunto de tanta trascendencia como la violencia de género o contra la mujer no ha sido fácil. Han sido necesarias circunstancias concretas y la presión de los partidos políticos, y éstos a su vez respondiendo al clamor social, para que se llegue al pacto del que ahora estamos convencidos se desprenderán decisiones legislativas que ciertamente no evitarán que se sigan asesinando a mujeres casi impunemente, pero es muy posible que sirva para detener la casi pandemia que padece la mujer especialmente en nuestro país. Desde luego lo que debemos evitar a cualquier precio es que, luego de la muerte de alguna de ellas, aparezcan los responsables oficiales del área a decirnos que es asunto de todos, que todos somos cómplices y casi exigiendo a las mujeres la denuncia como vacuna idónea contra el maltrato, cuando en realidad sabemos que éstas, una vez denunciado su caso, quedan en un limbo legal del que les cuesta sudor y lágrimas salir, si es que lo consiguen. Evidentemente, el asunto merece y demanda más acciones y menos palabrería.